viernes, 15 de febrero de 2013

Usos y costumbres en la Roma Clásica. II


Familia.


    La familia romana, a diferencia de la familia europea actual, estaba constituida no solo por los padres, hijos y parientes, sino también por todos los que vivían bajo la autoridad del cabeza de familia o pater familias, incluidos naturalmente los esclavos. Familia es una palabra emparentada con famuli ('los criados') y, por lo tanto, los comprende a ellos también.

    La familia romana era legalmente tan fuerte que ciertas cuestiones, que hoy se tratan en los juzgados o en los templos, entonces se trataban en casa, bajo la presidencia del cabeza de familia. La familia era realmente la célula básica de la sociedad romana.

El Pater Familias.



    El pater familias era el hombre que no dependía de nadie y de quien dependían los demás. No importaba que estuviese soltero o casado, ni los años. La mujer nunca podía ser cabeza de familia.

    La patria potestas de un cabeza de familia romano era muy fuerte. Puede disponer de la vida, muerte y venta de cualquier miembro de la familia. Puede abandonar legalmente a un hijo nacido de su mujer o puede reconocerlo. Puede incluso prohijar hijos de otros. Puede concertar casamientos de los hijos. Realmente, es él quien forma la familia.

    Como jefe de la familia es también el sacerdote de la religión familiar y el juez en los conflictos entre familiares, pero para esto último tiene que contar con el asesoramiento de un consejo familiar.

    Para entender lo anterior, hay que tener en cuenta que el parentesco natural, fundado en la descendencia física de la mujer, y que los romanos llamaban cognatio, carecía de valor civil, en tanto el parentesco civil, fundado en el reconocimiento por parte del hombre de su descendencia o en la adopción como hijos de descendencia ajena, y a lo que los romanos llamaban agnatio, era el único parentesco legalmente válido.

El matrimonio.


    El casamiento de dos jóvenes dependía casi exclusivamente de los padres; pocas veces se tenían en cuenta las inclinaciones de los interesados. Una vez decidido el matrimonio el primer paso era la celebración de los sponsales, ceremonia arcaica en la que los respectivos padres concertaban el casamiento de los hijos y establecían la dote que la joven aportaría al matrimonio. Antiguamente los desposados ya quedaban obligados a la fidelidad recíproca y, si el matrimonio no se celebraba en el plazo estipulado, se podía perder la dote. Consultados los dioses, si los agüeros eran favorables, se cambiaban los anillos, que tenían un valor simbólico.

    Ante la ley, solo los ciudadanos romanos tenían derecho a contraer matrimonio. La tradición conservó el recuerdo de tiempos en los que los patricios no podían casarse con una plebeya, prohibición caída pronto en desuso (Lex Canuleia). Los hombres se consideraban aptos para casarse a los catorce años y las mujeres a los doce.

    Hubo dos formas de matrimonio que estuvieron sucesivamente en vigor:

  • matrimonio cum manu: la mujer pasaba a formar parte de la familia de su marido y estaba sujeta a su poder marital (manus). Podía realizarse esta unión de tres maneras:
— confarreatio: rito llamado así por la pieza de pan (far) que los esposos compartían durante el sacrificio nupcial. Era la forma de casamiento propia de los patricios.
— coemptio: una venta, primero real, después simbólica, de la esposa. Era el matrimonio plebeyo.
— usus: se contraía mediante la convivencia de los futuros esposos durante un año, pero era preciso que la cohabitación fuese continua: tres noches consecutivas de ausencia llevaban consigo la nulidad.

  • matrimonio sine manu o libre: en él la esposa continuaba perteneciendo a la familia paterna y conservando los derechos sucesorios de su familia de origen. A pesar de la facilidad de disolución de este matrimonio (bastaba con la simple separación de los esposos) los romanos tenían conciencia de la seriedad de este vínculo.

La ceremonia de boda.


    El ceremonial que mejor se conoce es el patricio. La boda constituía uno de los acontecimientos más importantes dentro de la vida familiar.

    El día de la boda era escogido con toda cautela; sería pernicioso casarse en mayo, mientras que la mejor época era la segunda quincena de junio.

    En la víspera de la boda la joven consagraba a una divinidad sus juguetes de niña; después, se acostaba con el traje nupcial y una cofia de color anaranjado en la cabeza. Eran características de la vestimenta nupcial el peinado y el vestido con velo. El traje era una túnica blanca que llegaba a los pies, ceñida por un cinto. De la cabeza de la desposada caía un velo de color anaranjado (flammentum) que le cubría la cara.

    En todos los actos del rito la esposa era asistida por la pronuba, una matrona casada una sola vez. El rito empezaba consultando los auspicios: si el resultado no era malo, quería decir que los dioses eran favorables a esta unión. Terminada esta parte, tenía lugar la firma de las tabulae nuptiales (contrato matrimonial) delante de diez testigos; después la pronuba ponía las manos derechas de los esposos una encima de la otra y con esto los esposos se comprometían a vivir juntos. Acabadas las formalidades, tenía lugar el banquete nupcial.

    Después, hacia la tarde, comenzaba la ceremonia de acompañamiento de la esposa a casa del esposo. Este, de repente, fingía arrancar a su joven mujer de los brazos de su madre. Entonces iban a casa del marido. La mujer iba acompañada de tres jóvenes; uno de ellos llevaba una antorcha de espino (spine alba) encendido en casa de la esposa. La gente que los seguía mezclaba cantos religiosos y pícaros. Cuando llegaban a casa del marido, adornaban la entrada con cintas de lana y la untaban con grasa de cerdo y aceite. El marido le preguntaba a la esposa cómo se llamaba; ella le respondía: «Ubi tu Gaius, ego Gaia» («Si tú Gaio, yo Gaia»); entonces los que la acompañaban la levantaban a pulso para que no tocase el quicio de la puerta con el pie y la hacían entrar en la casa. Después era recibida por su marido y la pronuba pronunciaba unas plegarias a la divinidad de la nueva casa. Con esto terminaba la fiesta y los invitados volvían para sus casas.

    El día de después del casamiento había un banquete íntimo (repotia, 'reboda') para los parientes de los esposos.

El divorcio.


    Como todo contrato, el matrimonio podía anularse. Primitivamente, el derecho de revocación pertenecía únicamente al hombre; este solo tenía que reclamarle a su mujer delante de un testigo las llaves de la casa y decirle: «Tuas res habeto» («Coge tus cosas»).

    En principio, el matrimonio patricio por confarreatio (vid. supra) no podía disolverse, pero pronto los romanos inventaron una ceremonia de efectos contrarios a la primera, a la que llamaron diffarreatio.

    El matrimonio por usus o por coemptio se anulaba con la mancipatio o transmisión de la potestad del marido en favor de un tercero, que manumitía a la mujer.

Fuentes: Wikipedia.

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